Expediente HCD. Nº 6.535-P-18
VISTO
La necesidad que plantean los alumnos de la Escuela Agrotécnica de contar con un refugio peatonal en la calle de acceso a la misma, donde puedan resguardarse de condiciones climáticas adversas, mientras esperan ser recogidos por sus padres y/o familiares; y
CONSIDERANDO
Que es deber de la Institución Educativa y el Estado el asegurar el bienestar de los alumnos que asisten a las escuelas locales;
Que dado el contexto en que se halla ubicada la Escuela Agrotécnica, no se cuenta con lugares de reparo que permitan resguardar a los alumnos en el momento de la salida de clases;
Que algunas veces este hecho puede ocasionar inconvenientes en el libre tránsito en el acceso al establecimiento educativo por no contar con un lugar adecuado para la espera de los alumnos fuera de la Institución;
Que los alumnos de la Escuela Agrotécnica han manifestado esta inquietud a las autoridades de la Fundación Pringles, como órgano administrativo de la Institución, como asimismo lo han hecho alguno de sus profesores y directivos;
Que los alumnos suelen obstruir, sin mala intención, el acceso al comercio “Qala” pudiendo ocasionar inconvenientes;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTICULO 1º: Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal pueda considerar la construcción de un refugio peatonal en la intersección de las calles 24 de Septiembre y José Hernández, la arquitectura, la superficie, la ubicación de dicho refugio será acordado entre la municipalidad y el establecimiento educativo.-
ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.342
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 02 DIAS DEL MES DE MAYO DE 2019.-