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Ordenanza Nº 1.953

DEROGADA POR ORDENANZA 2.694/93.-

MODIFICADA POR ORDENANZA 1.959

ORDENANZA Nº 1.953

ESTABLECE: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO CONCEDERA EL BENEFICIO DE EXENCION IMPOSITIVA EN UN 60% DEL MONTO TOAL A TRIBUTAR EN CONCEPTO DE LA TASA POR CONSERVACION, REPARACION Y MEJORADO DE LA RED VIAL, A AQUELLOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS QUE INCLUYAN EN SU EXPLOTACION LA PRODUCCION LECHERA, Y QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS MINIMOS ESTABLECIDOS EN ESTA ORDENANZA Y CON LA REGLAMENTACION AL EFECTO SE DICTE.-

SANCIONADA CON FECHA 18/10/1985

EL TEXTO COMPLETO DE LA ORDENANZA CITADA, SE ENCUENTRA EN VOLUMEN

3 DE ORDENANZAS EN BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.

 

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