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Ordenanza Nº 4.102

Expediente HCD. Nº 5.258-D-14.-
VISTO
El Expediente N° 2.658/14 iniciado por la Secretaria de Acción Social, Dra. Natacha González; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo solicita la contratación de la Licenciada en Psicología María Belén PEREZ, para desempeñarse en el Equipo Técnico de los Hogares Convivenciales “Casa de los Chicos de Pringles” y “Casa de las Niñas”, a partir del 20 de enero de 2014 y hasta el 30 de junio de 2014, manifestando la Secretaría de Acción Social la imposibilidad de cubrir dicha necesidad, en virtud que el Servicio de Salud Mental se encuentra con excesiva demanda de tratamientos;
Que cumplirá una carga horaria concurriendo los días lunes, martes, jueves y viernes de 8.00 a 10.00 horas, abonándosele por la tarea la suma de $ 13.200,00;

Que se debe dar cumplimiento a lo normado en los artículos 32 y 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y los artículos 66 y 161 bis del Reglamento de Contabilidad;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar una erogación de PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS ($ 13.200,00) destinados a la Contratación mediante Locación de Servicios de la Licenciada en Psicología María Belén PEREZ, DNI. N° 28.949.099, para desempeñarse en el Equipo Técnico de los Hogares Convivenciales “Casa de los Chicos de Pringles” y “Casa de las Niñas”, a partir del 20 de enero de 2014 y hasta el 30 de junio de 2014, conforme la certificación expedida por el área.

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.102.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DE 2014.-

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS

——–Entre la Municipalidad de Coronel Pringles, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, Prof. Carlos Ulises Oreste, en adelante “La Municipalidad”, por una parte, y María Belén PEREZ, D.N.I. Nº 28.949.099, Matrícula Provincial número 1.284, en adelante “LA PROFESIONAL”, por la otra, convienen en celebrar el presente contrato de locación de servicios sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: ———————————-

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata a la profesional para desempeñarse como psicóloga en el Equipo Técnico de los hogares convivenciales “Casa de los chicos de Pringles” y “Casa de las niñas”, y ésta acepta bajo las condiciones estipuladas en el presente convenio de locación de servicios, realizado en el marco del Expediente Municipal Nº 2658/14.—————–

SEGUNDA: LA PROFESIONAL se compromete a prestar sus servicios profesionales como Licenciada en psicología, formando parte del equipo técnico de los hogares mencionados en la cláusula primera, realizando el seguimiento de los niños que allí se alojan, de acuerdo a los lineamientos que determine la Secretaría de Desarrollo Social y Trabajo.—————————–

TERCERA: LA MUNICIPALIDAD abonará a la profesional la suma total de pesos trece mil doscientos ($ 13.200.-) conforme certificación expedida por el área.———————————–

CUARTA: El plazo de vigencia del presente contrato es desde el 20 de Enero del 2014 hasta el 30 de Junio de 2014.——————————————————————————————-

QUINTA: Las partes ratifican y aceptan las contraprestaciones cumplidas desde el inicio de la relación contractual hasta la fecha de la firma del presente.———————————————-

SEXTA: LA MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de rescindir unilateralmente el contrato en cualquier momento sin expresión de causa alguna notificando su decisión por un medio fehaciente a la profesional, no otorgando ello derecho alguno de exigir ningún tipo de indemnización.—————————————————————————

SEPTIMA: : LA PROFESIONAL deberá cumplir con la siguiente carga horaria: lunes, martes, jueves y viernes de 8 a 10 horas, cuya concurrencia será certificada por la Secretaría de Desarrollo Social y Trabajo.———————————————————————————–

OCTAVA: LA PROFESIONAL será única y exclusiva responsable de los daños y perjuicios que con motivo u ocasión de las tareas a desempeñar pudiere ocasionar tanto a la Municipalidad como a terceros deslindando a ésta de todo tipo de responsabilidad.———————————–

NOVENA: Sin perjuicio de la facultad de LA MUNICIPALIDAD establecida en la cláusula SEXTA serán causales de rescisión del presente convenio las siguientes: 1) el mal desempeño en sus tareas por parte de la profesional en su ámbito de trabajo, 2) la comisión por aquella de delito doloso o culposo tipificado por el Código Penal, 3) la incapacidad de la misma debidamente acreditada, 4) infringir por parte de la profesional las normas del arte de curar y de ética profesional, 5) poseer causas judiciales que afecten el buen nombre y honor de la locadora, 6) el no cumplimiento por parte de la profesional de la legislación y reglamentaciones que norman el ejercicio de su profesión, y 7) el incumplimiento a cualquiera de las cláusulas del presente contrato.———————————————————————————————————-

Acreditadas las causales mencionadas se rescindirá el presente convenio automáticamente no otorgando derecho dicha circunstancia a exigir ningún tipo de indemnización a la locadora, por parte de la profesional.—————————————————————————————–

DECIMA: Para el caso de incumplimiento por parte de la profesional de cualquiera de las cláusulas del presente contrato dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a rescindir el mismo y solicitar indemnización por los daños y perjuicios previa notificación fehaciente cursada a la interesada.——————————————————————————————————–

UNDECIMA: Para todos los efectos legales del presente las partes fijan los siguientes domicilios: LA PROFESIONAL en Av. Frondizi Nº 1.132, y LA MUNICIPALIDAD en Avenida 25 de Mayo entre 5 y 6, ambos de la Ciudad de Coronel Pringles, donde se reputarán válidas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales que entre las partes se practiquen sometiéndose a la competencia del Tribunal en lo Contencioso Administrativo del Departamento

Judicial de Bahía Blanca con asiento en la ciudad del mismo nombre renunciando a todo otro fuero o jurisdicción.———————————————————————

Firman ambas partes de conformidad y para constancia cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Coronel Pringles a los …. días del mes de ……. del año dos mil catorce.————————————————————————————-

 

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