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Ordenanza Nº 4.096

Expediente HCD. Nº 5.274-B-14.-

VISTO

El Decreto Provincial 2142/11 el cual reconoce como insalubres a las tareas desempeñadas en el Cementerio Municipal de Coronel Pringles; y

CONSIDERANDO

Que fueron declarados insalubres por Resolución 12334/10;

Que en dicha resolución se especifican los riesgos a los que está expuesto el trabajador dedicado a la inhumación y exhumación de cadáveres, destacándose principalmente el biológico pero considerando también el ergonómico producto de “los esfuerzos físicos y malos movimientos” en el manipuleo de ataúdes, exhumaciones o excavaciones;

Que allí se mencionan otros aspectos que hacen a condiciones dignas de labor y que desde la realización de las inspecciones mencionadas hasta la actualidad no se han concretado, aun cuando muchas de ellas son de simple realización y bajo costo;

Que es importante destacar la fecha de la resolución y el decreto mencionado, observando que el primero de ellos está fechado el 29-09-10 y el segundo el día 14-11-11, lo cual resulta gráfico para demostrar el período de tiempo más que prudencial para brindar a dicha área del encuadre correspondiente.

Que han actuado las autoridades administrativas y de aplicación que indica la ley;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: El Departamento Ejecutivo encuadrará en el régimen de tareas insalubres al personal del Cementerio Municipal dedicado a la inhumación y exhumación de cadáveres, cumplimentando el Decreto provincial 2142/11.Las modificaciones en lo referidas a régimen horario, haberes, y cómputo para jubilación se harán retroactivas a la fecha en que hubiera sido notificada la Municipalidad de Coronel Pringles acerca de la insalubridad de dichas tareas.-

ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo dotará de forma inmediata al recinto del Cementerio Municipal de:

.Duchas de agua fría y caliente.-

-Armarios individuales dobles destinados uno a ropa de trabajo y otro a ropa de calle.-

-Poleas y aparejos para facilitar las tareas de manipuleo de ataúdes, y las derivadas de esta tarea.

-Vestimenta y calzado acordes al tipo de trabajo a realizar.-

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.096.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DE 2014.-

 

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