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ORDENANZA Nº 4.020

Expediente HCD. Nº 5.017-D-13.-

 

VISTO

Los Expedientes Nº 9.635 y 8.895 del año 2012, iniciado por MATITTI Aníbal Rosendo y ROMANELI Rafael Mauricio, respectivamente; y

CONSIDERANDO

Que por los mismos inician la tramitación pertinente a los efectos de solicitar la compra de los terrenos cedidos oportunamente en carácter precario;

Que se ha enviado el detalle de los mismos al Centro de Corredores y Martilleros Públicos, con el propósito de requerir las tasaciones de los lotes, de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;

Que de los informes socio-económicos realizados por Asistentes de la Secretaría de Desarrollo Social, se desprende la efectiva habitabilidad de los inmuebles;

Que no existe inconveniente alguno en acceder a lo pedido;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo para que desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, venda y transfiera en forma directa el dominio de los bienes inmuebles de propiedad privada de esta Municipalidad de Coronel Pringles, en el marco de los términos de la Ordenanza Nº 3.170/00, ubicados en el ejido de esta ciudad e identificados como:

CIRCUNSCRIPCION XIII

. Sección E – Manzana 441 – Parcela 1h- de 14,60 mts. de frente por 25,00 mts. de fondo, 365 mts. cuadrados de superficie.-

. Sección C – Manzana 204 – Parcela 3b – de 12,00 mts. de frente por 25,00, mts. de fondo, 300 mts. cuadrados de superficie.-

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.020.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2013.-

 

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