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ORDENANZA Nº 3.946

VETADA-(por DECRETO 9567/12) APROBADO POR MAYORIA-EN SESION DE FECHA 19/07/12-(ORDENANZA Nº 3.959).-

Expediente HCD. Nº 4.806-B-12.-

 

VISTO

Que un Museo es , según el Consejo Internacional de Museos perteneciente a la UNESCO “…una institución sin fines de lucro, un mecanismo cultural dinámico, evolutivo y permanentemente al servicio de la sociedad urbana y a su desarrollo, abierto al público en forma permanente que coordina , adhiere, conserva, investiga, da a conocer y presenta, con fines de estudio, educación, reconciliación de las comunidades y esparcimiento, el patrimonio material e inmaterial, mueble e inmueble de diversos grupos(hombre ) y su entorno”;

Que, asimismo, desprendida de dicha definición, se puede expresar que es también reconciliación entre las generaciones, entre el pasado, el presente y el futuro;

Que contribuye a la identidad de un lugar, dado que”… los pueblos como las personas se construyen a través de su historia…devienen permanentemente, y se enriquecen en la pluralidad, en el conocimiento y en el respeto del otro ..”; y

CONSIDERANDO

Que nuestra ciudad cuenta con un Complejo Museográfico de distintas disciplinas y un Archivo histórico que cumplen dignamente su labor;

Que sin embargo es posible, y necesario, ampliar a otras disciplinas o áreas, entre las que podemos contar el Deporte;

Que “el deporte es conducta personal, es actividad social espontánea, es parte de la vida del pueblo”;

Que un Museo del Deporte tendría como objetivo principal revalorizar la actuación de deportistas e instituciones de distintas disciplinas;

Que los ediles de San Rafael al argumentar la creación del museo del deporte en aquella ciudad expresaron “No solo debe tener como meta la exposición de objetos concretos, sino que además tenderá a recuperar, conservar y difundir los bienes intangibles, como costumbres, tradiciones, anécdotas; todo lo que los deportistas cimentaron desde los orígenes mismos de nuestro pueblo”. Claras y conceptuosas palabras que compartimos plenamente;

Que la experiencia que tiene Pringles de cuando se reconstruye la historia de una institución es que esto conlleva una movilización y participación individual y colectiva de suma importancia;

Que dentro de las Competencias, atribuciones y deberes del Departamento Deliberativo enunciados por la L.O.M expresa: en su Artículo 27- inciso 3 “la conservación de…valores locales de interés tradicional, turístico e histórico”; y en su inc. 9 “La instalación y el funcionamiento de establecimientos…, de difusión cultural…”;

Que también establece en el Artículo 28 que le corresponde al Concejo establecer: ” Toda otra institución de bien público vinculada con los intereses sociales del municipio y la educación popular”;

Por ello,

///

2.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Créase el Museo del Deporte en la ciudad de Coronel Pringles.-

ARTICULO 2º: El nombre del Museo del Deporte será impuesto al año de su puesta en funcionamiento y su designación contemplará mecanismos de consulta popular.-

ARTICULO 3º: Serán objetivos del Museo del Deporte:

-rescatar, revalorizar y difundir el acervo histórico de deportistas e instituciones de las distintas disciplinas deportivas de Coronel Pringles.-

-promover la participación comunitaria en la recopilación de materiales, estadísticas e información que den cuenta de la trayectoria de los mismos.-

-disponer en forma rotativa, la exhibición de testimonios y objetos que sean significativos con la historia del deporte de la ciudad.-

-implementar medios interactivos y de tecnología informática que permitan el acceso al Museo de un sector de la población usuario de esos medios.-

ARTICULO 4º: El espacio físico de funcionamiento será determinado por el Departamento Ejecutivo municipal. Deberá cumplir con requisitos de accesibilidad y de emplazamiento en un sector que facilite su conocimiento y visita.-

ARTICULO 5º: El Museo del Deporte, al igual que los otros que integran el Complejo Museográfico, garantizará el acceso libre y gratuito a todo el público.-

ARTICULO 6º: Estará bajo la órbita del Complejo Museográfico de la Dirección del Instituto Cultural y contará con un Comité asesor integrado por:

-la Dirección de Deportes.-

-la persona a cargo del Archivo Histórico Municipal “Aldo Horacio Pirola”.-

-representantes de las distintas instituciones deportivas de nuestra ciudad.-

-representantes del periodismo deportivo de nuestra ciudad.-

ARTICULO 7º: Autorízase al D.E municipal a asignar las partidas presupuestarias correspondientes y de suscribir convenios con organismos públicos y/o privados con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza.-

ARTICULO 8º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.946.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2012.-

 

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