Expediente HCD. Nº 4.559-D-10.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Estímese en la suma de $ 63.608.287,25 (PESOS SESENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON VEINTICINCO), el Cálculo de Recursos para la financiación del Presupuesto de Gastos, para el Ejercicio 2011 y apruébese el detalle que se adjunta, de hoja 1 a 4.
ARTICULO 2°: Fíjese en la suma de $63.608.287,25 (PESOS SESENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON VEINTICINCO) el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2011 y apruébese el detalle adjunto, de hoja 1 a 79.
ARTÍCULO 3°: Adjúntese la siguiente documentación:
– Política Presupuestaria de la Jurisdicción o Entidad (formulario 1) de hoja 1 a 18
– Estructura Programática de la Jurisdicción o Entidad, (formulario 3) de hoja 1 a 10.
– Descripción del Programa (formulario 4) de hoja 1 a 45.
– Cuadro de Metas (formulario 5) de hoja 1 a 30.
– Cuadro de Recursos Humanos por Categoría programática (formulario 6) de hoja 1 a 25.
– Recursos Humanos por Categoría Programática y Cargo, de hoja 1 a 14.
– Programación Física de los Proyectos de Inversión, sus Obras y Actividades (Formulario 8) de hoja 1 a 11.
– Programación Financiera de los Proyectos de Inversión, Sus Obras y Actividades (Formulario 9) de hoja 1 a 5.
– Gestión y Administración de la Deuda Pública (Formulario 10) de hoja 1 a 24.
– Programación de Transferencias (formulario 11) de hoja 1 a 12.
– Resumen del Presupuesto de Gastos por inciso (formulario 12) de hoja 1 a 8.
- Planta de Personal Municipal, cargos y remuneraciones, (Anexo 10) de hoja 1 a 5.
ARTICULO 4°: Los saldos que arrojen al cierre de cada Ejercicio las cuentas de recursos con afectación, serán transferidos al Ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo, ampliando correlativamente el Presupuesto de Gastos, reforzando los Créditos de Cuentas existentes e incorporando conceptos no previstos. En ambos casos se respetará el destino al que pueden ser aplicados.-
ARTICULO 5°: Fijase la compensación de Gastos de Representación, sin cargo de rendición de cuentas, del Señor Intendente Municipal, en un importe igual al de su ———
2.-
remuneración básica y sueldo anual complementario, según lo establece el artículo 125 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 6°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.864.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2011.-