Expediente HCD. Nº 4.265-B-10.-
VISTO
El texto de la Ordenanza Nº 3.771/09, modificatoria de la Ordenanza 1.818/84 – Reglamento Interno del Hospital Municipal-, en sus Artículos 27º, 28º y 29º, referentes al Cuerpo Profesional del Hospital y su categoría de revista;
Que dichos Artículos 27º y 29º son importantes y definitorios a la hora de liquidar los haberes al personal involucrado en los mismos;
Que si se liquidan haberes ajustados a la normativa se deberán modificar los montos presupuestarios impactando sobre la norma aún en tratamiento; y
CONSIDERANDO
Que en la citada Ordenanza Nº 3.771/09 quedan excluídos de la Planta de Personal Profesional Regular los odontólogos, bioquímicos, farmacéuticos, psicólogos, fonoaudiólogos, kinesiólogos, nutricionistas, obstétricos y técnicos con título universitario;
Que la aplicación de la norma, como debe ser, impactará muy negativamente sobre los salarios de los agentes mencionados en el párrafo anterior;
Que es necesario regularizar rápidamente la situación desde lo presupuestario y funcional;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Modifícase el Artículo 27º de la Ordenanza Nº 3.771/09 el que quedará redactado de la siguiente forma, agregando a continuación de “… y técnicos…” lo siguiente: “y enfermeros…”.-
ARTICULO 2º: Modifícase el Artículo 29º agregando a continuación de “…escalafonado y rentado…” la frase: “constituido por todo el personal perteneciente al Cuerpo Profesional citado en el Artículo 27º de la presente, eliminando en dicho párrafo la expresión: “en el caso de los médicos, y de asistencia, los enfermeros profesionales universitarios y/o terciarios”. Se deberá eliminar el inciso c) pasando el posterior a su lugar y así consecutivamente hasta el último.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.860.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MARZO DE 2011.-