POR ORDENANZA Nº 2.138 SE MODIFICO EL ARTICULO 1º DE LA PRESENTE ORDENANZA.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, REUNIDO EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Contrátase con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, un empréstito por la suma de AUSTRALES DIEZ MIL (A 10.000) reembolsable en un plazo de tres (3) años mediante cuotas semestrales crecientes del 9% de la primera; 12% la segunda; 15% la tercera; 18% la cuarta; 21% la quinta; 25% la última, con más un interés del 24% (veinticuatro por ciento) anual, vencido y reajustable, pagadero también en forma semestral.-
ARTICULO 2º: El monto del citado empréstito será destinado a la adquisición de una Aplanadora autopropulsada de 7 a 15 toneladas, nueva o usada, reparada a nueva con garantía, o un Rodillo autopropulsado liso, liso vibrante, nuevo o usado, reparado a nuevo con garantía.-
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo deberá prever en los presupuestos futuros, las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta su total cancelación.-
ARTICULO 4º: En garantía del fiel cumplimiento del compromiso que se contrae, esta Municipalidad declara afectados los ingresos por tributos Municipales.
ARTICULO 5º: A fin de posibilitar el ingreso de los fondos, autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar las modificaciones presupuestarias pertinentes creando en el Cálculo de Recursos Ejercicio 1986, en el Rubro Ingresos de Capital – Uso del crédito, la cuenta 2.1.2 Banco Provincia de Buenos Aires-Empréstito Maquinaria Vial y ampliando el Presupuesto de Gastos en el rubro 2-5-1-2- Maquinarias, Motores y Herramientas de Finalidad III – Servicios Especiales Urbanos.-
ARTICULO 6º: El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios que estime convenientes a fin de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 47º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULo 7º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.017.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 1986.-