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ORDENANZA Nº 2.021

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídase el Convenio celebrado por el Departamento Ejecutivo con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para la terminación de Veinticinco (25) viviendas en Coronel Pringles, y que como Anexo I, forma parte de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.021.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1986.-

 

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