EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase a la Fundación Pringles, usufructuaria del terreno identificado catastralmente como Circunscripción XIV – Sección “D” – Chacra 327 – Parcela 26, a suscribir Convenio con las Empresas Cable Visión C.V.S.A., otorgando permiso de uso precario para instalar una antena de recepción de señales televisivas externas.-
ARTICULO 2º: En el referido Convenio quedará específicamente determinada la responsabilidad de la Empresa Cable Visión C.V.S.A., por los daños y perjuicios que ocasionaran los elementos a instalar.-
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.046.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1986.-