EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Convalídase en todos sus términos, el Convenio que como “Anexo I” forma parte integrante de la misma, suscripto entre la Municipalidad de Coronel Pringles y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.054.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DE 1987.-
EL ANEXO I REFERIDO EN EL ARTICULO 1º SE ENCUENTRA EN EL VOLUMEN 5 DE ORDENANZAS EN BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-