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ORDENANZA Nº 2.084

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Exímese de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, a todo Contribuyente que ceda a título gratuito el uso total o parcial de un bien inmueble de su propiedad, y cuando éste revista la calidad de finalidad pública.

ARTICULO 2º: La cesión deberá practicarse mediante Convenio que determinará el tiempo por el que se otorga el uso, el que deberá estar expresamente determinado.-

ARTICULO 3º: La eximición solo procederá sobre el área cedida al Municipio, quedando excluida de la eximición toda superficie superior a la determinada por el Convenio.-

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.084.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE MAYO DE 1987.-

 

 

 

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