EN LA SEXTA SES. ORD. (16-06-16). SE TOMO CONOCIMIENTO DE LA RESPUESTA DEL D.E..AXU-SECRETARIA.
Expediente HCD. Nº 5.789-B-16.-
VISTO
La situación que padece el asfaltado en calle Rivadavia entre 56 y 57 donde se ha evidenciado una importante rotura de cañería de agua que genera la irradiación de agua desde el suelo y la mayor problemática que su no reparación puede generar; y
CONSIDERANDO
Que estas nuevas cuadras de asfaltado fueron realizadas hace tan solo menos de un año;
Que al momento que se estaba asfaltando este sector afectado se detectó la problemática en la cañería y se realizó una reparación menor que obviamente no tuvo durabilidad conllevando que para hoy ser reparada tenga que romperse el nuevo asfalto;
Que dado el elevado costo de una cuadra de asfalto y considerando que una vez que se realice la reparación el cruce de calle no quedará en el mismo estado, deben contemplarse y prevenir este tipo de hechos;
Que de continuar la demora en la reparación puede generar el hundimiento del asfaltado y un deterioro aún mayor en la zona afectada generando un importante perjuicio;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo mediante el área correspondiente arbitre los medios para una pronta reparación del sector afectado.
ARTICULO 2º: Realice un correcto control de las cañerías para futuras cuadras asfaltadas.
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.108.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 5 DIAS DEL MES MAYO DE 2016.-