Expediente HCD. Nº 5.902-A-16.-
VISTO
Que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a través de la Comisión Nacional de Microcréditos viene desarrollando desde hace varios años el programa “Banquito Popular de la Buena Fe”; y
CONSIDERANDO
Que el mismo ha puesto en marcha este tipo de Bancos que están destinados a provocar la mejora de la calidad de vida de emprendedores que generalmente no acceden a los bancos “tradicionales”, de forma progresiva y con total protagonismo de los mismos.
Que ya existe una vasta experiencia sobre la utilidad socio-económica de los mismos y el impacto que tienen en la economía social;
Que en Coronel Pringles ya se desarrolló dicho programa desde el año 2009 hasta el año 2012, con gran repercusión y éxito en los objetivos planteados;
Que los requisitos para acceder a dicho programa son Ser mayor de edad, tener un proyecto de trabajo, funcionando o a iniciarse y formar un grupo de cinco personas, que no sean familiares;
Que las principales características del programa son:
- El préstamo es individual, la garantía es solidaria.
- El grupo es la garantía, por eso cada emprendimiento será evaluado y aprobado, en principio por el grupo y luego por el equipo promotor.
- La evaluación de los proyectos se realizará en reuniones semanales antes del otorgamiento del crédito.
- Una vez recibidos los primeros prestamos, el grupo se integra al Centro (grupo de grupos) y se continúa con las reuniones semanales.
- La devolución es en 25 cuotas semanales (6 meses)
- En el primer crédito no se cobran intereses.
- Los préstamos son renovables.
- A partir del segundo crédito, el interés es del 6% anual sobre los saldos.
- Para determinar los montos de los créditos, se tiene en cuenta el cumplimiento de la palabra en el crédito anterior y el desarrollo del emprendimiento.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que a través del área que crea conveniente, gestione la implementación del programa “Banquito Popular de la Buena Fe” en el distrito de Coronel Pringles.
ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.152
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-