EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, REUNIDO EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Contrátase con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, un empréstito por la suma de AUSTRALES DOSCIENTOS MIL (A 200.000) reembolsable en un plazo de seis (6) años mediante cuotas semestrales crecientes del 4% de la primera; 5% la segunda; 6% la tercera; 7% la cuarta; 8% la quinta; 9%la sexta; 10% la séptima; 11% la octava; 12% la novena; 13% la décima y 15% la úndecima, con vencimiento a partir de los primeros 12 meses, con un interés del 24% (veinticuatro por ciento) anual, vencido y reajustable, pagadero también en forma semestral.-
ARTICULO 2º: El monto del citado empréstito será destinado a la financiación de las siguientes obras:
–GAS NATURAL EN LA LOCALIDAD DE INDIO RICO A 177.000.-
– TUBOS Y ALCANTARILLAS A 15.000.-
– AGUA CORRIENTE Y CLOACAS A 8.000.-
ARTICULO 3º: Déjase expresamente establecido que no habrá participación de terceras en el pago de la deuda que se contrae.-
ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo deberá prever en los presupuestos futuros, las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta su total cancelación.-
ARTICULO 5º: En garantía del fiel cumplimiento del compromiso que se contrae, esta Municipalidad declara afectados los ingresos por tributos Municipales.
ARTICULO 6º:, el Departamento Ejecutivo arbitrará los medios que estime convenientes a fin dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 47º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.- para crear las cuentas correspondientes en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos.-
ARTICULO 7º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.034.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1986.-