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ORDENANZA Nº 2.054

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídase en todos sus términos, el Convenio que como “Anexo I” forma parte integrante de la misma, suscripto entre la Municipalidad de Coronel Pringles y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos.-

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.054.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DE 1987.-

EL ANEXO I REFERIDO EN EL ARTICULO 1º SE ENCUENTRA EN EL VOLUMEN 5 DE ORDENANZAS EN BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-

 

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