EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Ratifícase el Convenio que como Anexo I forma parte integrante de la presente, suscripto entre la Municipalidad de Coronel Pringles y el Instituto de la Vivienda referido al “aporte financiero para la construcción de quince (15) viviendas económicas por el sistema de Autoconstrucción en la localidad de Indio Rico y Coronel Pringles.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.068.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 1987.-
EL ANEXO I REFERIDO EN EL ARTICULO 1º, SE ENCUENTRA, ADJUNTO A LA ORDENANZA 2.068 EN VOLUMEN 5 DE ORDENANZAS, EN BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-