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ORDENANZA Nº 2.106

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Dirección Provincial de Hidráulica el Convenio, que como Anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza, mediante el cual se regirá la forma y condiciones para llevar a cabo el relevamiento topográfico denominado: ESTUDIO HIDRÁULICO SECCION SUBURBANA Y CHACRAS EN CORONEL PRINGLES – PARTIDO HOMONIMO.-

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar las previsiones necesarias en el Presupuesto de Gastos –Ejercicio 1987-

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O. y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.106.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DE 1987.-

EL ANEXO I REFERIDO EN EL ARTICULO 1º SE ENCUENTRA ADJUNTO A LA ORDENANZA, EN VOLUMEN 5 DE ORDENANZAS EN BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-

 

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