EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir a título gratuito a la Entidad “BOMBEROS VOLUNTARIOS” de Coronel Pringles, el dominio sobre la fracción de terreno situada en ejido de la ciudad, designada en el Plano Oficial de la misma como Manzana 24 de la Sección “B” que linda: al NE., CALLE 62; AL SE., CALLE 12; al SO., CALLE 61 y al NO. con Boulevard 13; e identificada Catastralmente como: Circunscripción XIII – Sección “A” –Manzana 61 – Partida 03097, con una superficie de 10.000 m2.
ARTICULO 2º: Los gastos e impuestos que se originen con motivo de esta donación serán por exclusiva cuenta y cargo de la donataria.-
ARTICULO 3º: Derógase la Ordenanza Nº 2109 de fecha 16 de Julio de 1987.-
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.125.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1987.-