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ORDENANZA Nº 2.129

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Secretaría de Urbanismo y Vivienda de la Nación, el Convenio pertinente para la concreción de un Barrio de Viviendas por el Plan de Viviendas Progresivas.-

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.129-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1987.-

 

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