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ORDENANZA Nº 2.145

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio que como Anexo I forma parte de la presente, con la ESCUELA AGROTECNICA DE ENSEÑANZA MEDIA para la cesión precaria de tierras que se destinarán a las clases prácticas de ese establecimiento.-

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.145.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1987.-

EL ANEXO I REFERIDO EN EL ARTICULO 1º SE ENCUENTRA ADJUNTO A LA ORDENANZA, EN VOLUMEN 5 DE ORDENANZAS EN LA BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-

 

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