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ORDENANZA Nº 3.863

Expediente HCD. Nº 4.578-B-11.-

VISTO

La Ordenanza Nº 3.514/05, la que hace referencia a un aporte municipal mensual de Pesos dos mil ($ 2.000) destinado a la Asociación de Bomberos Voluntarios, fundamentado en el accionar de esta Institución estrechamente relacionada a la protección de la vida, la integridad física y las propiedades de los pringlenses;

CONSIDERANDO

Que dicha ordenanza asigna esa suma fija determinada en septiembre del año 2005, cuyo importe, ante el aumento del costo de vida, se ha tornado claramente insuficiente. Que, solo con el objeto de graficar lo expuesto, conviene destacar que el precio del gasoil desde septiembre del 2005 hasta el día de la fecha se ha incrementado aproximadamente en 300%;

Que a las mayores erogaciones para atender gastos fijos y salidas ante siniestros, también se debe contemplar la dificultad para la consecución de ingresos económicos;

Que en los considerandos de la Ordenanza Nº 3.514/05 se menciona acertadamente “que es rol indelegable del Estado proveer a la seguridad de sus habitantes”;

Que en los mismos considerandos se señala “que dicho aporte “(hablando del subsidio asignado),” no debe quedar bajo el arbitrio del funcionario de turno…”.Pero que al asignar una suma económica fija sin un mecanismo de actualización automática se sigue dependiendo del criterio o voluntad de un funcionario que asigne ayudas complementarias;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Asígnase a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Coronel Pringles una suma económica mensual equivalente a 1.430 litros de gasoil, a partir de la sanción de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º: Establézcase como valor para el litro de gasoil, el que posea al día 30 de octubre del año anterior al que corresponda presupuestar, y tendrá vigencia por un año calendario.-

ARTICULO 3º: Derógase la Ordenanza Nº 3.514/05.-

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.863.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE ABRIL DE 2011.-

 

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