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ORDENANZA Nº 3.951

Expediente HCD. Nº 4.841-D-12.-

VISTO

Que los objetivos que definen al Catastro son conocer, ordenar, registrar y dar publicidad del estado de hecho del espacio territorial a través de la individualización y caracterización de la propiedad inmueble, desde los aspectos físicos, jurídicos y económicos; y

CONSIDERANDO

Que en diciembre de 2007, por medio de la ley 13.766, la Dirección Provincial de Catastro se fusionó con la Dirección Provincial de Rentas y Subsecretaría de Ingresos Públicos, dando origen a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA;

Que el citado organismo es un ente autárquico cuya responsabilidad y misión es administrar la política tributaria en todo el territorio provincial;

Que desde ha evolucionado aceleradamente gracias a la incorporación de herramientas informáticas para el registro de los datos, que pone de manifiesto el proceso de modernización que se está protagonizando;

Que el Área de Catastro de la Municipalidad de Coronel Pringles se encuentra trabajando de manera continua para la actualización permanente de la base de datos que conforma el Padrón de contribuyentes, herramienta indispensable, no sólo para una repercusión en la recaudación y pago de tasas, sino también, y no menos relevante, un catastro ordenado y eficaz;

Que en el año 2.009, ARBA propone a los municipios la firma del “Convenio de Colaboración y Gestión Territorial” cuyo objeto es desarrollar un plan de trabajo conjunto con el fin de intercambiar información y ejecutar acciones coordinadas destinadas a optimizar la recaudación tributaria y el catastro territorial;

Que la ejecución de dicho Convenio queda sujeta a la aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante, conforme lo establecido en la cláusula octava del mismo;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Ratifícase la suscripción del CONVENIO y el Acuerdo Complementario, que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente, celebrados entre la AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representado el acto por el Director Ejecutivo Licenciado Martín DI BELLA y el Intendente

2.-

Municipal, Profesor Carlos Ulises ORESTE, respectivamente, y cuyo objetivo es la ejecución de diversas tareas en común, con el propósito de proceder a la regularización de los bienes de dominio privado del Estado Provincial que la ley encuadra como reservas, sobrantes, excedentes y remanentes fiscales, los que deben ser transferidos a las Municipalidades en las cuales se encuentren ubicados territorialmente, salvo que en dichos bienes funcionen servicios públicos provinciales.

ARTICULO 2°: Ratifíquese el Convenio de Colaboración y Gestión Territorial celebrado oportunamente entre la AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representado el acto por el Lic. Santiago MONTOYA y el Intendente Municipal, Dr. Aldo Luis MENSI.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.951.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2012.-

 

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