DEROGADA POR ORDENANZA Nº 4.095 DE FECHA 17-02-14.-
Expediente HCD. Nº 4.997-A-12.-
VISTO
Que el Boulevard 40 Presbítero Pedro Amirín es una vía de circunvalación y acceso a la ciudad de alto tránsito y que por dicha vía los vehículo desarrollar altas velocidades; y
CONSIDERANDO
Que para tener acceso al Balneario Municipal se debe cruzar el Boulevard 40 Presbítero Pedro Amirín y que por lo tanto cruzan cotidianamente por dicho Boulevard para acceder al radio céntrico de la ciudad;
Que es público y notorio el abuso por parte de muchos conductores de velocidad de traslado en sus vehículos transgredido el máximo de velocidad para dicha arteria que es de 60 km/ha;
Que en dicho Boulevard se han producido varios accidentes de tránsito de diferentes magnitudes siendo necesario prevenir la ocurrencia de más eventos de este tipo;
Que es necesario tomar medidas tendientes a reducir la velocidad de circulación en dicho Boulevard, siendo la instalación de reductores de velocidad una de las variantes para lograr dicho objetivo;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, procederá a colocar reductores de velocidad (lomos de burro) en el Boulevard 40 Presbítero Pedro Amirín entre España y Colón y entre Colón y Alem.-
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, procederá a la reparación, pintado y señalización de los reductores de velocidad ya existentes sobre el Boulevard 40.-
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.993.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2012.-