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Ordenanza Nº 4.077

VETADA TOTALMENTE – POR COMUNICACIÓN 558 SE ACEPTO EL DECRETO 1.191/13 DEL D.E.

Expediente HCD. Nº 5.170-N-13.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Impleméntese un REGISTRO (REGISTRO DE CIUDADANO SIN TIERRA) de nuestra ciudad que no posean terreno ni vivienda propios y por ende ser susceptibles de acceso al Pro.Cre.Ar., para que dicho Registro y en forma imparcial, que el Honorable Concejo Deliberante determinará en su momento, sean los posibles adquirentes de esas tierras.-

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo pondrá a disposición del Registro de Ciudadano Sin Tierra los terrenos del distrito de Coronel Pringles que de acuerdo a la Ordenanza Nº 3.994/12 se encuentran destinados al Programa Pro.Cre.Ar.-

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.077.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2013.-

 

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