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Ordenanza Nº 4.085

Expediente HCD. Nº 5.224-D-13.-

VISTO

Las Ordenanzas N° 4.010/13 y 4.073/13;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Deróguese del Artículo 18°, los incisos “e” y “f” correspondientes a la Ordenanza N° 4.010/13.

ARTICULO 2°: Modifíquese el Artículo 3° de la Ordenanza N° 4.073/13 el cual quedará redactado de la siguiente forma: “Los vehículos deberán individualizarse de la siguiente manera: el vehículo deberá contar obligatoriamente en las puertas delanteras con un imán o ploteado, de 30 centímetros de altura por 25 centímetros de ancho; con fondo color blanco y letras en negro, que contenga la leyenda “HABILITACION MUNICIPAL” con número de Decreto que se le asigne y número de oblea correspondiente. Dichas identificaciones deberán ser acordes a los modelos que a tal efecto proporcione la autoridad de aplicación.

Podrán contar además con otras identificaciones adicionales, tales como nombre de la agencia para la cual se presta el servicio, número telefónico, dirección y otras a criterio del propietario”.-

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.085.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2013.-

 

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