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Ordenanza Nº 4.107

Expediente HCD. Nº 5.270-B-14.-

VISTO y CONSIDERANDO

Que el nuevo paradigma de la medicina es salud sin daño;

Que aunque tarde, los Gobiernos, las Empresas y en general toda la población, hemos tomado conciencia de los daños ya hechos, así como las potenciales agresiones a nuestro medio ambiente;

Que es necesaria la instrumentación de numerosas medidas en todos los ámbitos de nuestra comunidad, que sumadas a las ya existentes, disminuyan los efectos de la contaminación en todos los niveles;

Que esta acción se está desarrollando en Hospitales como por ejemplo en el Hospital Dr. Roque Sáenz Peña de la ciudad de Rosario, logrando un Hospital libre de mercurio;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Reemplazar en forma continua y progresiva, todos los instrumentos médicos y aparatos que funcionan con mercurio, en todas las dependencias del Hospital Municipal Dr. Manuel B. Cabrera, así como Salas de Primeros Auxilios y otras dependencias que dependan de la Municipalidad de Coronel Pringles, reemplazándolos por otros que no utilicen el elemento mercurio en su composición.-

ARTICULO 2º: Quedan comprendidos por el Artículo 1º de esta Ordenanza, tensiómetros, lámparas fluorescentes, equipamientos electrónicos, etc..-

ARTICULO 3º: Al cumplirse un año de la promulgación de la presente, deberán haber sido reemplazados todos los instrumentos mencionados en el Artículo 2º y serán declaradas libres de mercurio todas las Salas de Primeros Auxilios y el Hospital Municipal.-

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.107.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2014.-

 

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