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Ordenanza Nº 4.440

Expediente HCD. Nº 6.319-D-17

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Estímese en la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS NUEVE con SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 437.660.509,73) el Cálculo de Recursos para la financiación del Presupuesto de Gastos, para el Ejercicio 2018 y apruébese el detalle que se adjunta, Formulario 2, de hoja 1 a 2.

ARTICULO 2°: Fíjese en la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS NUEVE con SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 437.660.509,73) el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018 y apruébese el detalle adjunto, Formulario 12, de hoja 1 a 8.

ARTICULO 3°: Adjúntese la siguiente documentación:

  • Política Presupuestaria de la Jurisdicción o Entidad (Formulario 1).
  • Estructura Programática de la Jurisdicción o Entidad (Formulario 3) de hoja 1 a 9.
  • Descripción del Programa (Formulario 4) de hoja 1 a 21.
  • Cuadro de Metas (Formulario 5) de hoja 1 a 26.
  • Programación Anual de Compras de Bienes y Contrataciones de Servicios (Formulario 7) de hoja 1 a 52.
  • Cuadro de Recursos Humanos por Categoría Programática (Formulario 6) de hoja 1 a 33.
  • Cuadro de Recursos Humanos por Categoría Programática y Cargo, de hoja 1 a 17.
  • Gestión y Administración de la Deuda Pública (Formulario 10) de hoja 1 a 4.
  • Programación de Transferencias, Incremento de Activos Financieros, Gastos Figurativos y Otros Gastos (Formulario 11) de hoja 1 a 8.

ARTICULO 4°: Los saldos que arrojen al cierre de cada Ejercicio las cuentas de recursos con afectación, serán transferidos al Ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo, ampliando correlativamente el Presupuesto de Gastos, reforzando los Créditos de Cuentas existentes e incorporando conceptos no previstos. En ambos casos se respetará el destino al que pueden ser aplicados.

ARTICULO 5°: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 119° y concordando con el Artículo 121° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, facultase al Departamento Ejecutivo a realizar creaciones de Partidas y Transferencias de Crédito entre las distintas Partidas del Presupuesto de Gastos.

ARTICULO 6°: Fíjase en 750 (setecientos cincuenta) los cargos de la Planta Permanente de Personal.

ARTICULO 7°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.440

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 04 DIAS DEL MES DE ENERO DE 2018.-

 

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