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ORDENANZA Nº 4.983

Expediente HCD. Nº 7.868-D-2024.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorízase la suscripción del CONVENIO DE COOPERACION que como Anexo I forma parte integrante del presente, a celebrar entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representado el acto por el Rector Doctor Daniel Vega y el Intendente Municipal Sr. Lisandro Matzkin respectivamente, y que tiene por objeto el otorgamiento por parte de la Universidad de cinco (5) plazas en las Residencias Estudiantiles de su propiedad, a alumnos regulares o que ingresan a la misma provenientes del Municipio de Coronel Pringles, Provincia de Buenos Aires, a partir del 1 de febrero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024, abonando la Municipalidad la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($35.000,00) mensuales por cada plaza, haciendo un total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL ($1.925.000,00).

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL N° 4.982

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 18 DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2024.-

MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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