EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo cumpla estrictamente con lo normado en el Artículo 181º de la Ley Orgánica de las Municipalidades enviando, en el plazo de diez (10) días hábiles, a partir de la comunicación de la presente, las Ordenanzas especiales delimitando las competencias y funciones de cada Secretaría de dicho Departamento.-
ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que publique y envíe a este Honorable Concejo deliberante, el documento que acredite el acto administrativo que disponga la delegación y/o revocación de las facultades delegadas en las diferentes Secretarías.-
ARTICULO 3º: Adjuntar a la presente, el dictamen emitido por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires en respuesta a la consulta efectuada por el Contador de la Municipalidad de Coronel Pringles, respecto a procedimiento instrumentado para adecuar la estructura programática.-
ARTICULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.666.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2010.-