Press "Enter" to skip to content

RESOLUCIÓN Nº 2.670

EN LA DECIMA CUARTA SESION ORDINARIA (21-10-10). EL H. CUERPO APROBO POR MAYORIA LA RESPUESTA ELEVADA POR EL D.E.. (PERMANECE EN SECRETARIA).

Expediente HCD. Nº 4.458-B-10.-

VISTO

Que la Avenida 9 de Julio se ha convertido por decisión de los caminantes y/o peregrinos en un lugar de tránsito tanto de peatones como de ciclistas que desean alcanzar el santuario donde veneramos a la Virgen del Camino;

Que los peatones circulan por el pavimento, con el riesgo que esto implica y que es por todos conocido el movimiento de vehículos que a diario por ella transitan y que además a ello se le deben sumar el ingreso y egreso de micros de larga distancia, sumando así un riesgo más para peatones y ciclistas;

Que también existe en la intersección de la Avenida 9 de Julio y Avenida José Hernández una estación de Servicios que para poder ingresar a la misma, circulando desde la Avenida Arturo Frondizi (1) con rumbo hacia la Ruta Nº 51 hay que realizar una maniobra de alto riesgo y además prohibida, como es girar a 90º sobre la Avenida 9 de Julio hacia el carril contrario;

Que advertida esta situación debe tener una corrección inmediata; y

CONSIDERANDO

Que se hace sumamente necesario ordenar el tránsito sobre la mencionada Avenida y evita riesgos entre los automotores y estos con peatones y ciclistas;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo prevea en este Presupuesto Municipal y/o para el próximo ejercicio, la Partida necesaria para la construcción de una rambla de no más de 2,00 mts. de ancho en el centro de la Avenida 9 de Julio, culminando en la intersección de ésta con la Avenida José Hernández (0) con una rotonda de medidas iguales a la existente en Avenida Arturo Frondizi (1) y 9 de Julio.-

ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo delimite una bici senda (con pintura especial o con pequeños bloques de cemento, de medidas no superiores a 0,15 cm. de alto por 1,00 mt. de largo, con una separación de 1,00 mt. entre ellos, amurado al pavimento existente) a cada lado de la Avenida 9 de Julio, con un ancho no mayor a 1,50 mt. cada una.-

ARTICULO 3º: La bici senda deberá contemplar el ingreso de vehículos a cada domicilio particular frente a cada garage. No estando permitido estacionar vehículos sobre la misma bici senda o colocar los vehículos a 90º sobre ella.-

ARTICULO 4º: Sobre la banquina de ingreso del Acceso Aroldo Romano se colocarán indicadores de peligro que adviertan de la nueva rotonda. Asimismo se pintará con pintura fluorescente el cordón de la misma de manera que sea fácilmente observada para quienes ingresen a la ciudad.-

ARTICULO 5º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.670.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2010.-

 

Print Friendly, PDF & Email