POR DECRETO Nº 1.215/17 Y ART. 65º RGTO. INTERNO DEL HCD. PASO AL ARCHIVO LA RESPUESTA ELEVADA POR D.E..-
EN LA DECIMA PRIMERA SES.ORD.(01-09-16).EL H. CUERPO AXU LA RESPUESTA DEL D.E..SE GIRA A LA COM. O.P. y P.U..-
Expediente HCD. Nº 5.838-B-16.-
VISTO
Que el servicio de Alumbrado Público en la Ciudad de Coronel Pringles para las propiedades con medidores de energía eléctrica es cobrado mensualmente por la Cooperativa Eléctrica de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General Impositiva, de acuerdo a la metodología, mecanismos previstos en la Ordenanza 3418/04 y modificatorias; y
CONSIDERANDO
Que el marco regulatorio se establecen distintos valores de acuerdo las calles en que se encuentren las propiedades;
Que dicho valor depende de la cantidad de focos de luz por cuadra;
Que se supone a mayor cantidad de focos de luz, mayor iluminación;
Que en la Avenida 25 de Mayo (52) entre las calles Güemes (14) y Pueyrredón (19) se brinda un Servicio de Alumbrado Público por el que se abona un valor que no se equipara con otras zonas que abonan el mismo valor, probablemente debido a la falta de poda adecuada del arbolado público;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo mediante el Area que corresponda arbitre los medios necesarios, la correcta iluminación de la Avenida 25 de Mayo entre 14 y 19 realizando la poda cuidadosa del arbolado público.
ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.131
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 30 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2016.-