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RESOLUCIÓN Nº 3.152

Expediente HCD. Nº 5.902-A-16.-

VISTO

Que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a través de la Comisión Nacional de Microcréditos viene desarrollando desde hace varios años el programa “Banquito Popular de la Buena Fe”; y

CONSIDERANDO

Que el mismo ha puesto en marcha este tipo de Bancos que están destinados a provocar la mejora de la calidad de vida de emprendedores que generalmente no acceden a los bancos “tradicionales”, de forma progresiva y con total protagonismo de los mismos.

Que ya existe una vasta experiencia sobre la utilidad socio-económica de los mismos y el impacto que tienen en la economía social;

Que en Coronel Pringles ya se desarrolló dicho programa desde el año 2009 hasta el año 2012, con gran repercusión y éxito en los objetivos planteados;

Que los requisitos para acceder a dicho programa son Ser mayor de edad, tener un proyecto de trabajo, funcionando o a iniciarse y formar un grupo de cinco personas, que no sean familiares;

Que las principales características del programa son:

  • El préstamo es individual, la garantía es solidaria.
  • El grupo es la garantía, por eso cada emprendimiento será evaluado y aprobado, en principio por el grupo y luego por el equipo promotor.
  • La evaluación de los proyectos se realizará en reuniones semanales antes del otorgamiento del crédito.
  • Una vez recibidos los primeros prestamos, el grupo se integra al Centro (grupo de grupos) y se continúa con las reuniones semanales.
  • La devolución es en 25 cuotas semanales (6 meses)
  • En el primer crédito no se cobran intereses.
  • Los préstamos son renovables.
  • A partir del segundo crédito, el interés es del 6% anual sobre los saldos.
  • Para determinar los montos de los créditos, se tiene en cuenta el cumplimiento de la palabra en el crédito anterior y el desarrollo del emprendimiento.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que a través del área que crea conveniente, gestione la implementación del programa “Banquito Popular de la Buena Fe” en el distrito de Coronel Pringles.

ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.152

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-

 

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