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COMUNICACIÓN Nº 185

VISTO

Que existe un Contrato con la Caja Nacional de Ahorro y Segu-

ro, cubriendo el riesgo de vida del personal municipal y sus familiares

directos; y

CONSIDERANDO

Que hemos tomado conocimiento de algunos casos en que produci-

do el siniestro, no ha sido pagado la indemnizaci¢n correspondiente;

Que en la liquidaci¢n mensual de haberes se practica al perso-

nal la retenci¢n del importe o cuota de la prima de dicho seguro y

Que se deben arbitrar los medios necesarios para que los dam–

nificados perciban la indemnizaci¢n con la mayor celeridad para lo cual

es imprescindible el estricto cumplimiento de las cl usulas del contrato

por parte del Asegurado;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJER-

CICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN

———————-

1o) Solicitar al Departamento Ejecutivo eleve a este Honorable Concejo –

Deliberante un detalle sobre el/los seguros de vida, que cubre/n al per-

sonal municipal y sus familiares, Funcionarios y Concejales, incluyendo:

a) Fotocopia de p¢lizas o certificados de cobertura.-

b) Riesgos cubiertos.-

c) Montos de indemnizaci¢n contratado.-

d) Cuota o Premio mensual y fotocopia de los recibos de pago (£ltimos —

seis meses).-

e) Detalle del personal cubierto: cantidad de planta permanente, de con-

tratado y jornalizado, especificando si la cobertura es uniforme o –

tiene montos diferentes para distintas categor¡as.-

REGISTRADA BAJO EL No.185/93.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1993.-

 

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