VISTO
Que existe un Contrato con la Caja Nacional de Ahorro y Segu-
ro, cubriendo el riesgo de vida del personal municipal y sus familiares
directos; y
CONSIDERANDO
Que hemos tomado conocimiento de algunos casos en que produci-
do el siniestro, no ha sido pagado la indemnizaci¢n correspondiente;
Que en la liquidaci¢n mensual de haberes se practica al perso-
nal la retenci¢n del importe o cuota de la prima de dicho seguro y
Que se deben arbitrar los medios necesarios para que los dam–
nificados perciban la indemnizaci¢n con la mayor celeridad para lo cual
es imprescindible el estricto cumplimiento de las cl usulas del contrato
por parte del Asegurado;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJER-
CICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACIÓN
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1o) Solicitar al Departamento Ejecutivo eleve a este Honorable Concejo –
Deliberante un detalle sobre el/los seguros de vida, que cubre/n al per-
sonal municipal y sus familiares, Funcionarios y Concejales, incluyendo:
a) Fotocopia de p¢lizas o certificados de cobertura.-
b) Riesgos cubiertos.-
c) Montos de indemnizaci¢n contratado.-
d) Cuota o Premio mensual y fotocopia de los recibos de pago (£ltimos —
seis meses).-
e) Detalle del personal cubierto: cantidad de planta permanente, de con-
tratado y jornalizado, especificando si la cobertura es uniforme o –
tiene montos diferentes para distintas categor¡as.-
REGISTRADA BAJO EL No.185/93.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1993.-