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COMUNICACIÓN Nº 398

CONTESTADA POR EL SR. SECRETARIO DE GOBIERNO CON FECHA 01/09/08-INGRESO EN SESION DE FECHA 5/09/08.-

Expediente HCD. Nº 3.975-B-08.-

VISTO

Que la Ordenanza Nº 3.326/03 modificó hace cinco años la Ordenanza Nº 3.226/01 ampliando la zona de tránsito restringido a vehículos con pesos superiores a 3.600 kgrs. de tara;

Que en febrero del corriente año la Ordenanza Nº 3.653/08 modificó los horarios de restricción fijados en la Ordenanza Nº 3.326/03;

Que los carteles indicadores de la zona restringida fueron repintados no hace mucho tiempo y que se hallan emplazados en lugares que ni siquiera respetan el radio de la Ordenanza del año 2001 y la gran mayoría de ellos se encuentran ubicados dentro de la zona de restricción no cumpliendo con su cometido, sin advertir a los conductores que eviten transitar por dicha zona en horarios prohibidos;

Que difícilmente los conductores pringlenses conozcan los alcances de las citadas normas y mucho menos los conductores foráneos que transportan mercancías para los comercios locales;

Que han ocurrido accidentes de diferente gravedad dentro de la zona de restricción en horarios de prohibición; y

CONSIDERANDO

Que el ordenamiento planteado en las citadas normas tiende a generar seguridad en la zona de mayor tránsito vehicular;

Que las citadas normas se hallan vigentes y deben cumplirse y hacerse cumplir;

Que se torna necesario informar debidamente a los conductores involucrados adecuando la cartelería respectiva para evitar la violación de las normas;

Que la adecuada señalización y permanente control deslinda la responsabilidad del Municipio a la hora de ocurrir accidentes;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

1º) Recomiéndase al Departamento Ejecutivo, por intermedio del Area que corresponda, instale carteles en todas las calles de acceso a la zona de restricción del tránsito, explicitado en la Ordenanza Nº 3.653/08, a una

distancia mínima de 150 metros del comienzo de dicha zona para cada horario habilitado.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 398/08.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2008.-

 

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