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ORDENANZA Nº 4.907

Expediente HCD. Nº 7.567-D-2023.

VISTO

El Convenio Marco entre el Municipio de Coronel Pringles y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO

Que la Ley 15.394, en su artículo 49, crea el “Programa Provincial Municipios a la Obra”, destinado a los Municipios para financiar obras de infraestructura, asignando en dicho artículo la suma de $45.500.000.000,00;

Que asimismo, el artículo 50 de la citada Ley determina que el Poder Ejecutivo Provincial designará la Autoridad de Aplicación y, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, efectuará las adecuaciones presupuestarias pertinentes;

Que la constitución de los fondos del “Programa” quedará garantizada con recursos de Rentas Generales y/o cualquier otra fuente que al efecto determine la Autoridad de Aplicación, estableciéndose un 30% en concepto de anticipo y el 70% restante de acuerdo a las disposiciones del Reglamento;

Que el Convenio Marco suscripto tiene por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 49 y ss. de la citada Ley y el Reglamento del Programa en cuestión, aprobado por Resolución del Ministerio de Infraestructura y Servicios públicos RESO-2023-430-GDEBA-MIYSPGP de fecha 23/03/2023, a través de la aprobación de los instrumentos necesarios para posibilitar la implementación del “Programa”, con el objeto de garantizar la financiación de infraestructura municipal;

Que el Municipio y la Provincia, en cumplimiento de la norma, acuerdan y aprueban el “Plan de Obras” (IF-2023-09482505-GDEBA-SSPYEIMIYSPGP), a desarrollarse en el marco del “Programa”;

Que la asignación resultante para el Municipio de Coronel Pringles ha sido previamente informada por la Provincia y alcanza la suma de $159.020.225;

Por ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Convalídese la suscripción del Convenio Marco entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Gobernador Sr. KICILOFF Axel, y el Municipio de Coronel Pringles, representado por el Sr. Intendente MATZKIN Lisandro, que forma parte del presente como Anexo, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 49 y ss. de la citada Ley y el Reglamento del Programa en cuestión, aprobado por Resolución del Ministerio de Infraestructura y Servicios públicos RESO-2023-430-GDEBA-MIYSPGP de fecha 23/03/2023, a través de la aprobación de los instrumentos necesarios para posibilitar la implementación del “Programa Provincial Municipios a la Obra”, con el objeto de garantizar la financiación de infraestructura municipal, acordando el Municipio y la Provincia, en cumplimiento de la norma, aprobar el “Plan de Obras” (IF-2023-09482505-GDEBA-SSPYEIMIYSPGP), a desarrollarse en el marco del “Programa”, siendo previamente informada por la Provincia la asignación resultante para el Municipio de Coronel Pringles, la cual alcanza la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES VEINTE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO ($159.020.225).

ARTICULO 2°: Dese por notificado el Decreto DECRE-2023-1002-GDEBA-GPBA, adjunto al presente.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL N° 4.907

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 20 DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2023.-

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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