Expediente HCD. Nº 7.527-C-2023
VISTO
Que desde esta Comisión recorremos instalaciones relacionadas con Salud Pública, Asistencia Social y Medio Ambiente; y
CONSIDERANDO
Que entre las visitas mencionadas anteriormente, concurrimos al “Hogar del Niño”;
Que en esta institución conviven 16 niños, niñas y adolescentes con edades que van desde los 6 a 17 años de edad de Coronel y de Indio Rico;
Que es nuestra obligación resguardar la intimidad y hacer cumplir los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes;
Que en la visita que realizamos pudimos constatar la ausencia de las puertas de los baños;
Que nos informaron que el pedido se solicita desde aproximadamente 2 (dos) años en reiteradas oportunidades;
Que la Ley Nacional N° 26.061 de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescente es amplia y clara en cuanto a lo que reglamenta;
Que es deber del Estado para con los niños, niñas y adolescentes garantizar con absoluta prioridad la atención de las necesidades de los mismos;
Que es necesario asignar recursos públicos reales en áreas relacionadas a la protección de la niñez;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo con carácter urgente coloque las puertas en los baños del “Hogar del Niño”.
ARTÍCULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo la reparación y/o mejora inmediata de los baños (azulejos, pintura, etc.).
ARTÍCULO 3º: Los vistos y considerando forman parte de la presente.
ARTÍCULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.568
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 15 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2023.-
MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA
SECRETARIO PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles