Expediente HCD. Nº 7.356-A-2022
VISTO
El Expediente HCD Nº 7.356-A-2022 en el cual se solicita la creación de un Sistema de Abordaje Integral de Adicciones; y
CONSIDERANDO
Que el SEDRONAR presentó el Estudio de Consumo de Sustancias Psicoactivas en Población General en junio del año 2017encuestando a 20.658 personas de entre 12 y 65 años, representantes de una población total de 18.960.593 personas, arrojando datos preocupantes en torno a la situación de consumo de drogas y alcohol en todo el país.
Que a partir del estudio, se pudo comprobar el aumento del consumo de sustancias ilícitas y abuso de alcohol en jóvenes de entre 12 y 17 años, ya que el 50% de los menores encuestados manifestó haber probado alcohol en el último mes, lo cual representa a 82.453 niños y adolescentes.
Que en el último año, se detectaron 2.299.598 nuevos consumidores de alcohol, de los cuales 319.994 son preadolescentes y adolescentes. A su vez, en cuanto a la marihuana, se advirtió un dato preocupante: en comparación al 2010, se duplicó el porcentaje de niños y adolescentes que considera que no es riesgoso fumar marihuana alguna vez. El número se corresponde con 339.864 personas de 12 a 17 años.
Que el consumo problemático de drogas en menores excede a la marihuana y alcanza a sustancias más peligrosas. Comparado a siete años atrás, se triplicó el número de jóvenes que alguna vez consumió cocaína. La presencia del éxtasis, por su parte, aumentó en un 200% mientras que su iniciación en el consumo que antes era a los 16 años, hoy pasó a ser a los 14 y medio.
Que en el tercer trimestre del 2020 “superó los valores del tercer trimestre del 2019″, cuando los “los jóvenes decían consumir principalmente porque sus amigos o conocidos tomaban (40%) y porque era lo esperable cuando hay un evento, festejo o salida (20%)”.
Que el proyecto de ordenanza impone la creación de un Sistema de Abordaje Integral de Adicciones denominado “Apoyar”, que consiste en trabajar en la problemática de las adicciones bajo los ejes de la prevención, la orientación y el tratamiento.
Que el abordaje propuesto en el proyecto define objetivos y diversas herramientas, como así también la creación de una Mesa de Trabajo para la articulación de los diferentes actores que pueden intervenir en la problemática de adicciones.
Que en nuestro Distrito se encuentra vigente la Ordenanza Nº 4.158 la cual se creó el Programa Municipal de Lucha Contra las Adicciones en Coronel Pringles.
Que esta Ordenanza propone objetivos similares al proyecto del Expediente Nº 7.356, tales como:
– Evaluar y promover estrategias de prevención, y condiciones de contención, en grupos vulnerables;
– Fomentar un trabajo entramado con Instituciones y Programas existentes en la ciudad para incrementar la concientización, sensibilización comunitaria y la pronta detección de las personas que sufren con el consumo de sustancias;
– Promover un abanico heterogéneo de herramientas terapéuticas acordes a las características de la persona adicta;
Que el Programa Municipal de lucha contra las Adicciones cuenta con 5 ejes que van desde la prevención hasta la asistencia y tratamiento del adicto.
Que la Ordenanza contempla la coordinación del Departamento Ejecutivo con otras instancias de gobierno (provincial y nacional), O.N.G. y esfuerzos e iniciativas que ya se estén desarrollando a nivel local con el objeto de evitar la superposición de recursos económicos y humanos, logrando la optimización de los mismos.
Que por lo expuesto entendemos que los objetivos y herramientas de abordaje propuestos por el Proyecto de Ordenanza que obra en el expediente son mayormente contemplados en la norma municipal vigente.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo la pronta reglamentación y aplicación de la Ordenanza Nº 4.158 mediante la cual se crea el Programa Municipal de Lucha Contra las Adicciones en Coronel Pringles.
ARTÍCULO 2º: Solicitar al DE dar mayor difusión a las actividades que se realizan desde el Servicio de Salud Mental del Hospital Municipal referidas a adicciones.
ARTÍCULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.619
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 7 DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2024.-
MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO
SECRETARIO PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles