EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Ratifícase en todos sus términos la Ordenanza Nº 1.821 de contratación de un préstamo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires por la suma de Pesos argentinos TRES MILLONES ($a 3.000.000,00) conforme a la sanción acordada por la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 184 – Inciso 2 y 3 de la Constitución y Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.836.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE MAYO DE 1985.-