Expediente HCD. Nº 7.709-P-2024
VISTO
Expediente Nº7709-P-2024 iniciado por particulares solicitando se solucione la circulación de bicicletas en vereda y
CONSIDERANDO
Que la ley de tránsito 24449/95 establece en su Artículo 36 que en la vía pública se debe circular respetando las indicaciones de la autoridad de comprobación o aplicación, las señales de tránsito y las normas legales en ese orden de prioridad y en su Artículo 9 que se debe incluir la educación vial en los niveles de enseñanza preescolar, primario y secundario difundiendo medidas y formas de prevenir accidentes.
Que la Ordenanza Nº 4520 en su Artículo 8 prohíbe transitar sobre bicicletas en veredas, plazas y plazoletas excepto menores de 10 años que deben ir acampados por un adulto responsable.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al departamento ejecutivo, a través del área correspondiente, se realicen los controles necesarios a través del personal de tránsito y guardia urbana para evitar infracciones que atenten contra la seguridad de peatones, intensificando los mismos en el horario de ingreso y/o egreso de los establecimientos educativos.
ARTÍCULO 2º: Desplegar campañas de concientización y sensibilización, respecto al uso de la bicicleta teniendo en cuenta las normas de tránsito vigentes.
ARTÍCULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.641
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 2 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2024.-
MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO
SECRETARIO PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles