Expediente HCD. Nº 7.757-I-2024
VISTO
La necesidad de contar con espacios de esparcimientos públicos para los y las vecinas de Pringles y el derecho que significa el emplazamiento de dichos espacios para lograr un buen desarrollo comunitario y,
CONSIDERANDO
Que según reza la Ordenanza N°4.825, Artículo N°1: Desaféctese del dominio privado municipal y aféctese al dominio público municipal con destino a plaza, espacio verde, libre y público, con una superficie de 3.526,80 m2, lindante con la reserva de espacio comunitario también planificado en el proyecto de creación de la manzana 80a, formada por calles 60 Bis, Héroes de Chancay (61), Rauch (17) y Bahía Blanca (18) y Artículo N°2: Impóngase el nombre de PLAZA MANUEL BELGRANO al espacio verde creado en el artículo 1º.
Que la Ordenanza N°4.909 en su Artículo N°1 expresa: DECLÁRESE Plazas Públicas Integradoras e Inclusivas a las plazas y plazoletas de Coronel Pringles e Indio Rico y en su Artículo N°2: El Departamento Ejecutivo Municipal, con el objeto del cumplimiento de la presente Ordenanza, podrá suscribir convenios y/o recibir asistencia financiera de entidades y/o particulares que realicen aportes a tal fin.
Que el sentido de pertenencia de los vecinos se lleva adelante en un terreno que no es el designado como Plaza Manuel Belgrano.
Que debido al crecimiento de la población en este sector es necesario continuar con el desarrollo de la mencionada Plaza Manuel Belgrano.
Que es necesario contar con un lugar de convivencia donde se llevan a cabo encuentros y actividades de la vida cotidiana que contribuyan a socializar entre vecinos y vecinas.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo a través de la Secretaria Obras Públicas y Planeamiento Urbano continúe con el desarrollo de la Plaza Manuel Belgrano.
ARTÍCULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo considere en el desarrollo de dicha plaza, la instalación de elementos que hagan posible que los niños y niñas puedan jugar, recrearse, divertirse y hacer uso de instalaciones que fomenten el desarrollo individual y colectivo de los mismos.
ARTÍCULO 3º: Solicitar a Departamento Ejecutivo contribuya en dicha plaza con infraestructura adecuada para personas con discapacidad.
ARTÍCULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.643
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 2 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2024.-
MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO
SECRETARIO PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles