EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Rectifícase la Ordenanza Nº 1774 del 13/10/83, cuyo Artículo 1º quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º: Dónase al Centro de Jubilados y Pensionados de Coronel Pringles – Personería Jurídica – Nº 198/77, el inmueble Municipal identificado catastralmente como Manzana 294 – Sección “D” – Circunscripción XIII – Solar Angulo Norte, que comprende 50 metros de frente sobre calle 19 desde su intersección con la Avenida 25 de Mayo y 28 metros sobre ésta”.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.858.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 1984.-