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Ordenanza Nº 1.920

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Concédese a TELENUEVA S.A. Comercial, Publicitaria de Radio y Televisión, con destino exclusivo a la instalación de una Estación Repetidora de T.V., permiso precario de uso y ocupación de una fracción de 10.000 m2. En la chacra municipal identificada según Catastro como Circunscripción XIV, Sección “C” – Parcela 1-a, Partida 13.358; y según Título como Chacra 22, Sección “C” – Lote 1-a.-

ARTICULO 2º: La concesión de uso dispuesta por el Artículo anterior se otorga por el período que dure la licencia del peticionante y con un máximo de 99 años.-

ARTICULO 3º: Si la usufructuaria no diera principio de ejecución a la obra, en un plazo de 6 (seis) meses a partir de la promulgación de la presente, queda automáticamente anulada la concesión de uso y ocupación objeto de esta Ordenanza.

ARTICULO 4º: TELENUEVA S.A. estará exenta de la obligación de abonar el canon establecido para los usufructuarios, conforme a la Ordenanza Tributaria Anual.-

ARTÍCULO 5º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 1.920.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MAYO DE 1985.-

 

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