EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Declárese exento de abonar los importes correspondientes al año 1985 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, a la Religión Cristiana Argentina, responsable de la citada Tasa que grava los inmuebles identificados catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección “C” – Manzana 257 – Parcelas 3-c y 3-d, del ejido urbano de Coronel Pringles.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.933.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 1985.-