EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Transfiérase en carácter de donación, al Superior Gobierno Provincial, con destino exclusivo al plan de viviendas rurales, el bien designado catastralmente como: Circunscripción VI – Sección “A” – Manzana 46 – Parcela 6-7-8-9-10 y 11.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.937-.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE JULIO DE 1985.-