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Ordenanza Nº 1.945

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar, por el sistema que de acuerdo al monto establezca la Ley Orgánica Municipal en su Artículo 151º y en base a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1929 – Artículo 1º, los trabajos de conservación y reparación de la Red Vial Municipal comprendida en la zona demarcada en el plano que como
Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo invertirá en el presente Ejercicio hasta la suma de AUSTRALES SEIS MIL (A 6.000), en el segundo año un importe igual por idéntica tarea en cada semestre, más el reajuste que corresponda aplicando el Indice de Precios al Consumidor Mayorista Agropecuario de Abril para el primer semestre y el del mes de Octubre para el segundo, teniendo como base la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo deberá efectuar la correspondiente previsión presupuestaria para el Ejercicio 1986 y formalizar el contrato respectivo, fijando las cláusulas que considere necesarias en salvaguarda de los intereses municipales.-

ARTÍCULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 1.945.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1985.-

EL PLANO MENCIONADO COMO ANEXO I, SE ENCUENTRA EN VOLUMEN 3 DE ORDENANZAS, EN BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-

 

 

 

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