VISTO
El Expediente HCD 259-D-85 iniciado por el Departamento Ejecutivo, elevando para su consideración las notas presentadas por la Asociación de Bomberos Voluntarios de Indio Rico, mediante las que solicitan, en carácter de donación de un camión marca Steyn, modelo 1952 y un Rastrojero modelo 1972; y
CONSIDERANDO
Que las comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Legislación, Interpretación y Reglamento que tuvieron a su cargo el estudio de dicha petición, recomendaron hacer lugar a la cesión de los mencionados bienes atendiendo a que los mismos se hallan en desuso y que el producido de su venta, en carácter de rezago, no compensa económicamente como el efecto de la donación, que reviste la importancia para la entidad solicitante;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Dónase a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE INDIO RICO, un camión marca Steyn, modelo 1952, sin patente ni documentación y faltantes varios; y un Rastrojero, modelo P-70 Año 1972, dominio B.770.550, Nº de Motor 408100, Carrocería P68-06191, Tipo Pick-up con motor incompleto, incluidos entre el material de rezago que la Comuna dispone para ser subastado.-
ARTICULO 2º: Procédase a dar de baja de los registros patrimoniales de la Comuna, las unidades que se mencionan en el Artículo 1º.-
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.949.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1985.-