Expediente HCD. Nº 6.367-D-18
VISTO
La Ordenanza Nº 4.393 del Año 2017; y
CONSIDERANDO
Que la referida Ordenanza establece el estacionamiento por tiempo medido y pago en la zona céntrica de nuestra ciudad;
Que resulta necesario efectuar modificaciones en los Artículos 1º y 3º de la misma, como por ejemplo en lo referido a la tolerancia de 10 minutos, atento que resulta de difícil control, siendo un elemento de constante conflicto entre conductores y controladores;
Por ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Elimínase del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 4.393 el párrafo que dice “En ambos períodos se permitirá una tolerancia de 10 minutos en el momento de estacionar”.
ARTÍCULO 2°: Modifíquese parcialmente el artículo 3º de la Ordenanza Nº 4.393, donde dice “El Departamento Ejecutivo podrá autorizar el cobro o venta del medio de pago que se utilice para aplicar la presente Ordenanza, a comercios e instituciones civiles interesados, mediante Convenio firmado con esta Municipalidad; en este supuesto, los comercios recibirán una retribución de hasta quince por ciento (15%) y las instituciones civiles hasta un veinte por ciento (20%) de lo recaudado por cada una de ellas”, deberá decir “El Departamento Ejecutivo podrá autorizar el cobro o venta del medio de pago que se utilice para aplicar la presente Ordenanza, a comercios e instituciones civiles interesados, mediante Convenio firmado con esta Municipalidad; en este supuesto, los mismos recibirán una retribución de hasta un veinte por ciento (20%) de lo recaudado por cada una de ellas”.
ARTÍCULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.461
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 19 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2018.-