Expediente HCD. Nº 6.258-D-17
VISTO
La suscripción del Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Coronel Pringles y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo el Ministerio entrega a esta Municipalidad la cantidad de dos (2) vehículos junto con la documentación pertinente que cuentan con las siguientes características: Marca FIAT, Tipo SEDAN 4 puertas, Modelo SIENA EL 1.4, Dominios AB297MH – AB297MI, destinados a tareas de seguridad en el ámbito de su jurisdicción;
Que el citado Contrato de Comodato tiene por objeto asignar a los vehículos cedidos por el Ministerio la calidad de patrulleros para ser utilizados por la Policía Comunal local;
Que se establece, de común acuerdo, que la vigencia del mismo es por el término de cinco (5) años seguidos y consecutivos, contando a partir de su aprobación por autoridad competente, pudiendo las partes renovar dicha cesión por idéntico término;
Que estarán a cargo del Municipio, durante el plazo de duración del presente contrato, los gastos relacionados con el mantenimiento, combustible, ploteo y equipamiento adicional o autorizado por seguridad y reparación de dichas unidades, quedando a cargo del Ministerio la contratación de los respectivos seguros;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Ratifíquese la suscripción del Contrato de Comodato celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representada por el Intendente Municipal, Sr. Carlos Aníbal BERTERRET, y el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado por su titular Sr. Cristian Adrián RITONDO, mediante el cual el Ministerio entrega a esta Municipalidad la cantidad de dos (2) vehículos junto con la documentación pertinente que cuentan con las siguientes características: Marca FIAT, Tipo SEDAN 4 puertas, Modelo SIENA EL 1.4, Dominios AB297MH, destinados a tareas de seguridad en el ámbito de su jurisdicción, asignándoseles la calidad de patrulleros para ser utilizados por la Policía Comunal Local, cuyo plazo de vigencia es de cinco (5) años seguidos y consecutivos, contando a partir de su aprobación por autoridad competente, pudiendo las partes renovar dicha cesión por idéntico término.
ARTICULO 2º: Comuníquese, cúmplase, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.420
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 05 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2017.-